Gestión de Residuos

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Código: 1000-26-INT-S-PR-013
CÓDIGO 1000-26-INT-S-PR-013
REVISIÓN 1
FECHA 12/02/2026

Tabla de revisiones

Rev. Descripción Fecha Realizó Revisó Aprobó
0 Emisión inicial 06/01/2024 PM JM RG
1 Cambio de código y correcciones de contenido 12/02/2026 JLM JAG RRG

1. Objeto

Establecer la metodología para la identificación, segregación, almacenamiento temporal, transporte y disposición final de los residuos generados en oficina, taller y obras de I-MEGA, minimizando su generación en la fuente y asegurando su gestión conforme a la normativa ambiental aplicable, en particular la Ley N° 25.675 (Ley General del Ambiente), la Ley N° 24.051 y su Decreto reglamentario 831/93 (residuos peligrosos) y las normativas provinciales y municipales correspondientes a cada sitio.

2. Alcance

Este procedimiento aplica al alcance definido en el Manual SSOMA 1000-26-INT-S-MA-001, que cubre la totalidad del grupo (I-MEGA Ingeniería Metalmecánica S.R.L. y AMG Consultores S.A.).

Comprende residuos no peligrosos, residuos asimilables a urbanos, residuos reciclables, residuos peligrosos (Ley 24.051) y residuos patogénicos. Para obras en planta de cliente, los criterios, contenedores y operadores designados por el cliente prevalecen cuando son más exigentes.

3. Definiciones

Aplican las definiciones de la sección 5 del Manual SSOMA. Adicionalmente:

Término Definición
Generador Organización que produce el residuo. I-MEGA se inscribe como Generador en la jurisdicción que corresponda a cada sitio.
Operador / Gestor habilitado Empresa autorizada por la autoridad ambiental competente para el transporte, almacenamiento, tratamiento o disposición final de residuos.
Manifiesto de transporte Documento triplicado que acompaña al residuo peligroso desde el generador hasta la disposición final, conforme Ley 24.051. Garantiza la trazabilidad.
Categoría Y Codificación de la Ley 24.051 (Anexo I) que identifica al residuo peligroso según su origen industrial o composición.
Categoría H Codificación de la Ley 24.051 (Anexo II) que identifica la característica de peligrosidad (toxicidad, inflamabilidad, corrosividad, etc.).
Estrategia 3R Reducir, Reutilizar, Reciclar — jerarquía de gestión ambiental adoptada institucionalmente.
Residuo patogénico Residuo proveniente de actividad biológica o sanitaria (gasas con sangre, descartadores de punzocortantes, botiquines). Se rige por normativa específica.

4. Documentos de referencia

Documento Aplicación
Ley N° 25.675 Ley General del Ambiente — principios de prevención y precaución.
Ley N° 24.051 y Dec. 831/93 Residuos peligrosos — régimen nacional.
Ley N° 25.612 Gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicios.
Ley N° 25.916 Residuos domiciliarios — gestión integral.
Normativa provincial y municipal Aplica a la jurisdicción del sitio (CABA, PBA, Neuquén, Mendoza, Río Negro, etc.).
Manual SSOMA 1000-26-INT-S-MA-001 Marco general del sistema.
1000-26-INT-S-PR-018 Generación y trazabilidad de residuos Procedimiento operativo de registro.
1000-26-INT-S-PR-023 Capacitación Inducción ambiental para personal nuevo.

5. Responsabilidades

Rol Responsabilidad
Dirección Aprueba la inscripción de I-MEGA como Generador de residuos peligrosos en cada jurisdicción aplicable y los contratos con gestores habilitados.
Responsable SSOMA Mantiene la matriz legal ambiental, verifica habilitación vigente de operadores y transportistas, controla la generación y disposición, conserva los manifiestos durante el plazo legal.
Jefes de área / Jefes de Obra Aseguran la correcta segregación en la fuente, la disposición temporal según el código de colores aplicable y la entrega a operador habilitado.
Personal Segrega los residuos en los contenedores correspondientes y reporta condiciones que afecten el almacenamiento o derrames.

6. Desarrollo

Código de colores de residuos

La gestión de residuos en I-MEGA se organiza alrededor de tres principios convergentes: la jerarquía 3R aplicada en la fuente, la segregación visual mediante código de colores estandarizado y la trazabilidad documental completa desde la generación hasta la disposición final certificada. La adopción de pictogramas y colores facilita la segregación correcta incluso por personal nuevo o eventual, y reduce significativamente los errores que llevan a contaminación cruzada entre flujos.

6.1. Estrategia 3R aplicada en orden de prioridad

La jerarquía ambiental adoptada se aplica en el siguiente orden, de mayor a menor preferencia:

  1. Reducir en la fuente: planificación de materiales para minimizar sobrantes, optimización de cortes en plegado y corte de chapa, reposición programada de consumibles, digitalización de documentación, control de stock para evitar vencimientos.
  2. Reutilizar cuando técnica y sanitariamente sea posible: materiales sobrantes, embalajes en buen estado, recortes metálicos aprovechables, palets.
  3. Reciclar mediante operadores habilitados: papel, cartón, plástico (PET, PEAD), vidrio, metales ferrosos y no ferrosos.

Solo cuando las tres opciones anteriores se descartan, el residuo se gestiona por disposición final, prefiriendo tratamiento (físico, químico, biológico, térmico) sobre relleno de seguridad.

6.2. Clasificación de residuos según peligrosidad

Categoría Subcategoría Ejemplos típicos en I-MEGA Marco legal Código Y (Ley 24.051)
No peligroso Asimilable a urbano Restos de comedor, papel sucio sin químico, embalajes secos Ley 25.916 —
No peligroso Inerte Escombros, áridos, madera limpia Normativa provincial —
No peligroso Reciclable Papel limpio, cartón, plástico PET/PEAD, vidrio, chatarra metálica Ley 25.916 / Ley 25.612 —
Peligroso Hidrocarburos Aceites usados, trapos con hidrocarburos, suelo contaminado Ley 24.051 Y8, Y9
Peligroso Pinturas y solventes Restos de pintura, envases con químicos, solventes usados Ley 24.051 Y12, Y13
Peligroso Baterías y pilas Baterías plomo-ácido, pilas, baterías de litio Ley 24.051 Y26, Y31, Y34
Peligroso Lámparas con Hg Tubos fluorescentes, lámparas de descarga Ley 24.051 Y29
Peligroso Electrónicos Cartuchos de tóner, equipos electrónicos en desuso (RAEE) Ley 24.051 / normativa provincial RAEE Y12, Y31
Especial — Patogénico Sanitario Gasas con sangre, descartadores de punzocortantes, botiquines usados Normativa provincial específica —

El Código Y identifica el residuo por su origen industrial o composición conforme el Anexo I de la Ley 24.051. La identificación del Código H (peligrosidad — Anexo II) se realiza por el operador habilitado al recibir el residuo y se asienta en el manifiesto.

6.3. Código de colores estándar I-MEGA

I-MEGA adopta el siguiente código corporativo, alineado con la práctica habitual del sector y con la normativa argentina donde aplica:

Color del recipiente Categoría Contenido
Negro No peligroso — Domiciliario Restos generales sin posibilidad de reciclar
Gris No peligroso — Inerte Escombros, áridos, madera, RCD
Azul Reciclable Papel y cartón limpios
Marrón Reciclable orgánico Restos de yerba, fruta, alimentos sin envoltorio
Amarillo Reciclable Plásticos (PET, PEAD, PP)
Verde Reciclable Vidrio
Rojo Peligroso (Y8, Y9, Y12 y otros, Ley 24.051) Trapos con hidrocarburos, filtros, aerosoles, baterías, pinturas, solventes, envases con químicos, lámparas fluorescentes, tóner
Rojo rígido con identificación Patogénico (Y1, Ley 24.051) Botiquín, gasas y elementos sanitarios con sangre, punzocortantes (descartador rígido obligatorio)

ADAPTACIÓN POR JURISDICCIÓN Y POR CLIENTE

Antes de iniciar obra en una nueva localización, el Responsable SSOMA verifica el código de colores establecido por la normativa provincial o municipal aplicable. Si difiere del estándar I-MEGA, se adopta el código local para esa obra y se comunica al equipo durante la inducción (1000-26-INT-S-PR-023).

Cuando se trabaja en planta de cliente (TGS, TGN, YPF, Tenaris u otros operadores), prevalece el código de colores y los contenedores designados por el operador.

6.4. Almacenamiento temporal por tipo de residuo

Tipo de residuo Recipiente Ubicación Vida útil máx. en sitio Condiciones
Asimilable a urbano Bolsa negra, contenedor cerrado Cualquier sector Retiro semanal Seco, cerrado, sin lixiviado
Reciclable papel/cartón Contenedor azul, sin tapa Oficina y depósito 30 días Seco, sin contaminantes
Reciclable plástico Contenedor amarillo Oficina, taller 30 días Limpio, sin restos químicos
Vidrio Contenedor verde reforzado Sector controlado 30 días Enteros o fragmentados sin riesgo de corte
Chatarra metálica Pallet o jaula Taller — sector definido 90 días Cubierto, sin contacto con hidrocarburos
Hidrocarburos / aceites Tambor 200 L cerrado con etiqueta Sector residuos peligrosos 180 días desde cierre Cubierto, batea de contención, ventilado
Pinturas y solventes Envase original o tambor Sector residuos peligrosos 180 días desde cierre Cubierto, batea, alejado de fuentes de ignición
Trapos contaminados Tambor metálico con tapa Sector residuos peligrosos 180 días desde cierre Cerrado para evitar autocombustión
Baterías y pilas Caja rígida etiquetada Sector residuos peligrosos 180 días desde cierre Seco, separado de hidrocarburos
Lámparas fluorescentes Caja rígida con separadores Sector residuos peligrosos 180 días desde cierre Sin rotura, etiquetado
Patogénico Bolsa roja + descartador rígido Sector sanitario Según jurisdicción (15-30 días) Cerrado, identificado, sin acceso público

El plazo máximo de almacenamiento de residuos peligrosos en sitio es 180 días desde el cierre del recipiente (criterio CAA / Ley 24.051 Dec. 831/93), salvo plazo menor que establezca la jurisdicción. Una vez cerrado el recipiente, se rotula con fecha de cierre y desde ese momento comienza a contar el plazo. Los manifiestos de transporte se conservan 10 años conforme Ley 24.051.

El sector de almacenamiento de residuos peligrosos debe cumplir:

6.5. Transporte, operadores y disposición final

El residuo peligroso se entrega únicamente a empresas habilitadas por la autoridad ambiental de la jurisdicción correspondiente. Antes de cada entrega, el Responsable SSOMA verifica la vigencia de la habilitación.

Documentación requerida Quién lo emite Plazo de conservación
Inscripción como Generador de Residuos Peligrosos Autoridad ambiental de la jurisdicción Vigente — renovación anual
Habilitación del Transportista Autoridad ambiental Verificar vigencia antes de cada retiro
Habilitación del Operador (tratador o destino final) Autoridad ambiental Verificar vigencia antes de cada retiro
Manifiesto de Transporte (triplicado) Generador 10 años desde la disposición final
Constancia / Certificado de Disposición Final Operador habilitado 10 años
Certificado Ambiental Anual (CAA) del Generador Autoridad ambiental Renovación anual

El Manifiesto de Transporte se emite en triplicado: una copia para el Generador (I-MEGA), una para el Transportista y una para el Operador (tratador). La copia del Operador se devuelve al Generador con la constancia de disposición final firmada, completando la cadena de custodia. Los manifiestos se archivan durante al menos 10 años conforme Ley 24.051.

6.6. Inscripción como generador

I-MEGA mantiene actualizada la inscripción como Generador de Residuos Peligrosos en la jurisdicción del sitio principal y en cada obra que lo requiera. La gestión administrativa es del Responsable SSOMA en coordinación con Administración, y se renueva conforme los plazos establecidos por cada autoridad.

6.7. Registro y trazabilidad

Cada bolsa, tambor o recipiente cerrado se registra antes del traslado al sector de almacenamiento, asentando: tipo de residuo, código Y cuando aplica, fecha de cierre, sector generador, peso o volumen estimado, responsable que lo cierra. El procedimiento detallado de registro está en 1000-26-INT-S-PR-018.

6.8. Residuos patogénicos

Aplica cuando se generan elementos con actividad biológica (botiquines usados con sangre, gasas, descartadores de elementos punzocortantes). Se segregan en recipiente rígido rojo con identificación específica de patogénico, se gestionan únicamente a través de operador habilitado para patogénicos en la jurisdicción correspondiente y se conservan los manifiestos. El plazo máximo de almacenamiento es el establecido por la jurisdicción, típicamente entre 15 y 30 días.

6.9. Indicadores ambientales

Los resultados se incluyen como entrada de la Revisión por la Dirección (1000-26-INT-S-PR-006) y de la Matriz de Aspectos Ambientales (1000-26-INT-S-MT-002).

6.10. Capacitación

Capacitación inicial obligatoria en gestión de residuos para todo el personal nuevo durante la inducción, y refresco anual conforme al Plan Anual (1000-26-INT-S-PR-023). En obras se refuerza con charla específica sobre el código de colores y los operadores habilitados aplicables al sitio.

7. Registros asociados

Registro Código
Planilla de Generación de Residuos 1000-26-INT-S-RG-022
Manifiestos de transporte y certificados de disposición final Emitidos por el operador habilitado
Inscripción como Generador Emitida por la autoridad ambiental
Certificado Ambiental Anual (CAA) Emitido por la autoridad ambiental
Matriz de Aspectos Ambientales 1000-26-INT-S-MT-002

8. Anexos